DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0131/2016
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0131/2016

Fecha: 15-Nov-2016

Fragmento 195

Ahora bien en la disposición en análisis se prevé la elección de las Sub Alcaldesas o Sub Alcaldes de acuerdo a normas y procedimientos propios, sin determinar si esta elección es aplicable para las Sub Alcaldesas o sub alcaldes de los distritos municipales o distritos IOC, aún se entendiera que la citada elección es para sub alcaldes de los distritos IOC, de igual forma se hubiese omitido regular en relación de la designación de los sub alcaldes o sub alcaldesas para los distritos municipales, motivo por el cual no corresponde declarar su compatibilidad sujeta a este entendimiento, como en el caso de la DCP 0036/2016, sino su incompatibilidad, más aun considerando que en el contenido de esta disposición existe ambigüedad e imprecisión que conlleva la afectación del principio de seguridad jurídica contenido en el arts. 9.2 y 178.I de la CPE, por lo que corresponde declarar la incompatibilidad de todo el art. 56 del proyecto de Carta Orgánica Municipal, debiendo dicha disposición ser adecuada por el estatuyente conforme a los argumentos esgrimidos.