DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0131/2016
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0131/2016

Fecha: 15-Nov-2016

i)

Es importante señalar que el órgano deliberativo, en este caso, el Concejo Municipal, aprueba únicamente un proyecto, debido a que la norma constitucional prevé dos fases posteriores indispensables para su aprobación oficial: i) Control previo de constitucionalidad y ii) Referendo en la jurisdicción territorial del municipio.