DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0156/2016
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0156/2016

Fecha: 01-Dic-2016

2.

2.     Facultad ejecutiva. Referida a la potestad de administrar la cosa pública, en el caso de las entidades territoriales autónomas será en el marco de las competencias exclusivas, compartidas o concurrentes. Esta facultad requiere de funciones técnicas y administrativas, para ejecutar la ley y las normas reglamentarias. Entonces, respecto de esta facultad el órgano ejecutivo ya sea del nivel central como de los gobiernos autónomos está encargado de toda la actividad administrativa, de la gestión pública en el ámbito de sus competencias.

   Declarar la COMPATIBILIDAD con entendimiento de los arts.: 1 en el epígrafe el término “sujeción” y el contenido; 11 párrafo introductorio la frase “autonomía municipal”; 36.11.12.17 en lo que no fue declarado incompatible; 45.4.5; 49 en lo que no fue declarado incompatible; 59; 105.III y en lo que no fue declarado incompatible; 134; 156; 217.