DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0156/2016
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0156/2016

Fecha: 01-Dic-2016

Artículo 45° (Atribuciones del Alcalde/Alcaldesa Municipal)

12.   Presentar informes escritos y orales ante el Concejo Municipal sobre la ejecución de los diferentes planes, programas y proyectos, así como responder a los pedidos de informes escritos u orales en cumplimiento a las tareas de fiscalización requieran los concejales de conformidad con los plazos y modalidades establecidas en el reglamento interno del Concejo Municipal.

25.   Denunciar ante autoridades competentes para sancionar a las personas individuales y colectivas, públicas o privadas que infrinjan las disposiciones de preservación del patrimonio y propiedad públicas, uso común, normas sanitarias básicas, uso del suelo, medio ambiente, protección a la fauna silvestre, transporte, venta de productos alimenticios para consumo humano y animal, de acuerdo a normas municipales.