DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0156/2016
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0156/2016

Fecha: 01-Dic-2016

parágrafo I del art. 32

Por tanto, bajo los parámetros constitucionales contenidos en la Declaración Constitucional Plurinacional invocada, queda establecido que el concejo municipal debe estar integrado también por las y los “concejales” provenientes de las NPIOC, conforme manda el art. 284.II de la CPE, quienes serán elegidos por sus normas y procedimientos propios; vale decir, en aplicación a la democracia “comunitaria” (art.11.II.3 de la CPE), aspecto que no se advierte en el parágrafo I del art. 32; por lo que, corresponde declarar su incompatibilidad, debiendo el estatuyente adecuar la disposición con la inclusión de las NPIOC.