DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0156/2016
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0156/2016

Fecha: 01-Dic-2016

Artículo 15° (Vigencia de los derechos autonómicos)

Artículo 15° (Vigencia de los derechos autonómicos).- El Gobierno Autónomo Municipal reconoce la vigencia del derecho autonómico de carácter indefinido, para ello guiará su comportamiento autonómico en sujeción estricta a la Constitución Política del Estado y el Ordenamiento Jurídico y Administrativo Municipal, y para su ejercicio utilizará los instrumentos normativos: Leyes Municipales, Resoluciones Municipales, Decretos Municipales, Resoluciones Ejecutivas, Resoluciones Técnico Administrativas, Convenios, Acuerdos intergubernativos, Reglamentos del Gabinete Municipal, Contratos administrativos, Determinaciones del control de legalidad de las normas municipales y toda norma de competencia municipal.