DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0156/2016
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0156/2016

Fecha: 01-Dic-2016

incompatibilidad del art. 48

En conexidad con el análisis efectuado al art. 32.I del presente proyecto, corresponde declarar la incompatibilidad del art. 48 en revisión, debiendo adecuarse tomando en cuenta la “composición plural” del concejo municipal con las NPIOC, lo que da lugar a la aplicación de la democracia comunitaria y elección de sus concejales mediante normas y procedimientos propios.