DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0156/2016
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0156/2016

Fecha: 01-Dic-2016

en coordinación con los pueblos indígena originario campesinos

Y asimismo, el art. 299.II.10 de la CPE, dispone como competencia concurrente: “proyectos de riego”, norma a partir de la cual el art. 89.II.3.a) de la LMAD, que desarrolla la mencionada competencia, estableciendo  que los gobiernos municipales autónomos tendrán la competencia de: “Elaborar, financiar y ejecutar proyectos de riego y micro riego de manera exclusiva o concurrente, y coordinada con el nivel central del Estado y entidades territoriales autónomas en coordinación con los pueblos indígena originario campesinos”.