DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0156/2016
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0156/2016

Fecha: 01-Dic-2016

Respecto al num.9,

Respecto al num.9, debe considerarse el art. 302.I.6 de la CPE, que prevé expresamente como competencia exclusiva de la ETA municipal: “Elaboración de Planes de Ordenamiento Territorial y de uso de suelos, en coordinación con los planes del nivel central del Estado, departamentales e indígenas”, advirtiéndose que la regulación ahora en análisis no cumple con la debida coordinación prevista constitucionalmente.