DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0156/2016
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0156/2016

Fecha: 01-Dic-2016

Artículo 121° (Inversión productiva)

Artículo 121° (Inversión productiva).- El gobierno municipal fomentará un mejor y mayor rendimiento de la producción en el marco de la economía plural a la producción tradicional, orgánica, ecológica y agropecuaria en base a las formas de producción familiar, comunitaria, asociativa y cooperativa; implementando fases de producción, transformación y comercialización financiados con recursos propios, del Gobierno Central y de organismos financieros nacionales y/o internacionales, reembolsable o a fondo perdido, de acuerdo a su disponibilidad y/o necesidad de cada sector productivo.