DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0156/2016
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0156/2016

Fecha: 01-Dic-2016

Respecto al num.1

Respecto al num.1, la Norma Suprema en su art. 299.I.1., establece como competencia compartida: “Régimen electoral departamental y municipal”. Contrariamente, a lo establecido constitucionalmente, la disposición en análisis, no guarda conformidad alguna con la competencia regulada, inclusive incurre en incongruencia en su redacción.

Respecto al num.1, que no condice con el requisito previsto constitucionalmente por el art. 287.I.2 de la CPE, que establece como requisito para acceder al cargo de concejala o concejal: “Tener 18 años cumplidos al día de la elección”, condicionante que no se cumple en el num.1 analizado; por lo que, corresponde declarar su incompatibilidad.