DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0156/2016
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0156/2016

Fecha: 01-Dic-2016

Artículo 124° (Consumo y comercialización de productos)

Artículo 124° (Consumo y comercialización de productos).- El Gobierno Autónomo Municipal, organizaciones económicas campesinas (OECAS) y la organización económica comunitaria (OECOM), a través de sus instancias de planificación definirán su propio sistema alimentario desde el ámbito de la producción, transformación, comercialización y consumo estableciendo la autosuficiencia para alcanzar la seguridad y soberanía alimentaria. Contemplando los siguientes saberes ancestrales.