DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0156/2016
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0156/2016

Fecha: 01-Dic-2016

Artículo 73° (Planificación municipal)

Artículo 73° (Planificación municipal).- Es el mecanismo democrático de gestión pública para alcanzar el desarrollo municipal, de manera concertada entre el Gobierno Autónomo Municipal y actores organizacionales, funcionales y sectoriales a nivel municipal concordante con el Sistema de Planificación Integral del Estado y el Plan Departamental de Desarrollo, tomando en cuenta la realidad del municipio y los principios de coordinación y participación social presente en la Carta Orgánica Municipal.