DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0156/2016
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0156/2016

Fecha: 01-Dic-2016

Respecto a los numerales 3 y 4 del parágrafo IV

Respecto a los numerales 3 y 4 del parágrafo IV, el                          art. 302.I.6 de la CPE, determina como competencia exclusiva: “Elaboración de Planes de Ordenamiento Territorial y de uso de suelos, en coordinación con los planes del nivel central del Estado, departamentales e indígenas” (las negrillas fueron añadidas).