DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0070/2016
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0070/2016

Fecha: 24-Jun-2016

Artículo 105. (Planificación y Ordenamiento Territorial).

II.  El Ordenamiento Territorial en el Municipio Autónomo de San Buenaventura, es el proceso por el que se organiza el uso y la ocupación sustentable del territorio en función a sus características biofísicas, ambientales, capacidad de uso mayor del suelo, socioeconómicas, culturales y otros necesarios para esta finalidad.

II.       El Ordenamiento Territorial en el Municipio Autónomo de San Buenaventura, es el proceso por el que se organiza el uso y la ocupación sustentable del territorio en función a sus características biofísicas, ambientales, capacidad de uso mayor del suelo, socioeconómicas, culturales y otros necesarios para esta finalidad.

III.     El Gobierno Autónomo Municipal de San Buenaventura, mediante normas municipales definirá el procedimiento para la elaboración del Plan Municipal de Ordenamiento Territorial, en pleno respeto de los ecosistemas existentes en el Municipio; con, participación social y consenso de pueblos indígenas originarios campesinos incorporando y reconociendo la zonificación propia de los territorios indígena originarios campesinos.