DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0070/2016
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0070/2016

Fecha: 24-Jun-2016

Artículo 106. (Distritos Municipales).

I.         En sus pisos ecológicos está organizado territorialmente en Distritos con la finalidad del ejercicio de la planificación y la gestión pública desconcentrada, a objeto de procurar eficiencia en el ejercicio de las competencias autonómicas, calidad en la prestación de los servicios públicos municipales y la profundización de la participación y control social de la ciudadanía en el desarrollo municipal; y, tiene como base sus organizaciones sociales comunitarias y pueblos indígena originario campesinos que habitan en la jurisdicción municipal.

II.       Para la creación, modificación, fusión o supresión de Distritos se efectuara mediante Ley Municipal de Distritación, constituyendo un proceso concertado y participativo que vincule a los Órganos del Gobierno Autónomo Municipal con las organizaciones de la sociedad civil y pueblos indígena originario campesino del municipio.