DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0070/2016
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0070/2016

Fecha: 24-Jun-2016

Artículo 138. (Actores de la Participación y Control Social).

I. La sociedad civil organizada a nivel municipal para el ejercicio de la Participación y el Control Social, podrán constituirse como actoras y actores sociales orgánicos, comunitarios y/o circunstanciales, quienes reconocidos legalmente delegaran a sus representantes ante el Gobierno Autónomo Municipal de San Buenaventura.

I.         La sociedad civil organizada a nivel municipal para el ejercicio de la Participación y el Control Social, podrán constituirse como actoras y actores sociales orgánicos, comunitarios y/o circunstanciales, quienes reconocidos legalmente. delegaran a sus representantes ante el Gobierno Autónomo Municipal de San Buenaventura.

III.     La sociedad civil para el ejercicio de la Participación y Control Social se Organizara y definirá su estructura y composición de acuerdo a sus estatutos y reglamentos, debiendo dar a conocer al Gobierno Autónomo Municipal, para ejercer los derechos, atribuciones y obligaciones establecidos en la Constitución Política de Estado y las leyes vigentes.