DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0070/2016
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0070/2016

Fecha: 24-Jun-2016

Artículo 118. (Desarrollo Productivo, Agropecuario, Forestal y Piscícola).

II.       Fortalece la economía plural municipal a través de la captación y asignación de recursos distritales, a la producción artesanal, manufacturera, industrial y agroindustrial y ganadería, en armonía con la naturaleza: agregando valor, generando capacidades productivas y apoyo al acceso a los mercados interno y externo, para contribuir a la soberanía alimentaria y la diversificación de la producción con empleo digno.

III.     Gestiona y capta acciones enfocadas en desarrollo de investigación científica y tecnológica e innovación estratégica de apoyo a la producción agropecuaria, forestal y piscícola, cuyos resultados sean aplicables como opciones, alternativas y productos tecnológicos, que sustenten el desarrollo productivo; y, se constituyan en políticas locales que resuelvan los requerimientos y necesidades de los sectores productivos y sus habitantes; y, con participación de entidades estatales y no estatales.