DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0070/2016
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0070/2016

Fecha: 24-Jun-2016

Artículo 127. (Medio Ambiente).

I.   Normar el desarrollo integral sustentable del Municipio, como espacio territorial de bosques húmedos tropicales conforme sus específicas características de riqueza forestal, tomando en cuenta los límites naturales de protección y producción para compatibilizarlo con el desarrollo social y económico deseado, mediante Ley Municipal y en concordancia con la Ley específica Amazonia Boliviana.

II. Asegurar la toma de decisiones estratégicas y ambientalmente sustentables, mediante la fijación de políticas, metas, planificación, mecanismos de consulta y coordinación, tanto pública como social, pueblos indígenas y privados, para enfrentar la problemática y gestión ambiental del municipio; tomando como base, los resultados de su evaluación, entendido como un proceso de vigilancia, intercambio de información, investigación y valorización.

IV. Normar y establecer mecanismos y espacios a nivel municipal, enfocados en la, implementación de las disposiciones vigentes de preservación, conservación, recuperación y restauración de la biodiversidad en riesgo de extinción o no; y, acciona y canaliza el registro y protección de los conocimientos asociados con su uso y aprovechamiento de la biodiversidad y recursos naturales de los pueblos indígenas y recursos no registrados; así como, la propiedad intelectual, en concordancia con las leyes y disposiciones nacionales.

I.         Normar el desarrollo integral sustentable del Municipio, como espacio territorial de bosques húmedos tropicales conforme sus específicas características de riqueza forestal, tomando en cuenta los límites naturales de protección y producción para compatibilizarlo con el desarrollo social y económico deseado, mediante Ley Municipal y en concordancia con la Ley específica Amazonia Boliviana.

II.       Asegurar la toma de decisiones estratégicas y ambientalmente sustentables, mediante la fijación de políticas, metas, planificación, mecanismos de consulta y coordinación, tanto pública como social, pueblos indígenas y privados, para enfrentar la problemática y gestión ambiental del municipio; tomando como base, los resultados de su evaluación, entendido como un proceso de vigilancia, intercambio de información, investigación y valorización.

IV.      Normar y establecer mecanismos y espacios a nivel municipal, enfocados en la, implementación de las disposiciones vigentes de preservación, conservación,  recuperación y restauración de la biodiversidad en riesgo de extinción o no; y, acciona y canaliza el registro y protección de los conocimientos asociados con su uso y aprovechamiento de la biodiversidad y recursos naturales de los pueblos indígenas y recursos no registrados; así como, la propiedad intelectual, en concordancia con las leyes y disposiciones nacionales.

V.        Establecer con prioridad un plan de acción y políticas municipales, para realizar la identificación de todos los cuerpos de agua existentes en el municipio y para definir la normativa e instrumentos de gestión sustentable de acceso, distribución y uso en calidad y cantidad del agua (Crear la ciudad de agua), en el marco de las disposiciones constitucionales.

VI.      Accionar y canaliza con prioridad, políticas y mecanismos de implementación en su jurisdicción de los planes de uso, conservación, manejo y aprovechamiento sustentable de las cuencas hidrográficas desarrollados por el Estado; y, establece una red de espacios de participación publico privado y con otros niveles autonómicos e instituciones, enfocados en acciones del evaluación ambiental de las cuencas como procesos de vigilancia intercambio de información, investigación y valorización; así como, convenios recursos de cooperación con ese propósito.

VII.    Reconocer que para mantener y mejorar los beneficios económicos y ambientales de los bosques y ecosistemas en su jurisdicción, deberá definir políticas y estrategias para un mejor uso y aprovechamiento sustentable, basándose en estudios sobre disponibilidad y potencialidad de los recursos forestales; por lo cual, gestiona y canaliza el fortalecimiento y operatividad organizacional, de la gestión forestal a nivel municipal; y, promueve acciones de investigación científica y tecnología con instancias públicas y privadas, en acuerdo con los pueblos indígena originario campesinos.