DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0070/2016
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0070/2016

Fecha: 24-Jun-2016

Artículo 87. (Solicitud de Competencias y Conflictos de Competencias).

II. Los conflictos que se suscitaren entre el Gobierno Autónomo Municipal de San Buenaventura, con el nivel central del Estado o con otras Entidades Autónomas, referidas a la transferencia, delegación o ejercicio de competencias podrán resolverse por la vía conciliatoria ante el Servicio Estatal de Autonomías, mediante convenio de conciliación el mismo que deberá ser refrendado por los órganos legislativos correspondientes”.

I.         El Gobierno Autónomo Municipal de San Buenaventura, podrá solicitar al nivel central del Estado o a otras Entidades Autónomas la trasferencia o delegación de competencias, mediante un convenio intergubernativo el mismo que deberá ser refrendado por los órganos legislativos correspondientes.

II.       Los conflictos que se suscitaren entre el Gobierno Autónomo Municipal de San Buenaventura, con el nivel central del Estado o con otras Entidades Autónomas, referidas a la transferencia, delegación o ejercicio de competencias podrán resolverse por la vía conciliatoria ante el Servicio Estatal de Autonomías, mediante convenio de conciliación el mismo que deberá ser refrendado por los órganos legislativos correspondientes.