DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0070/2016
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0070/2016

Fecha: 24-Jun-2016

indígena

Siendo evidente el carácter indivisible del concepto “indígena originario campesino” y teniendo presente el principio de sujeción a la Norma Suprema, se entiende que toda norma nacional, departamental, regional o municipal, en su terminología empleada debe guardar coherencia con la utilizada en la Ley Fundamental, por lo que, no es admisible que una norma institucional básica, omita consignar ningún elemento del concepto indivisible de “indígena originario campesino” como sucede en el caso presente; consiguientemente, el término “indígena” utilizado en el       art. 73 en análisis, resulta incompatible con el marco normativo constitucional señalado en párrafos precedentes.