DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0107/2016
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0107/2016

Fecha: 10-Ago-2016

ARTÍCULO 100. (OCUPACIÓN DE VÍAS PÚBLICAS).

                             I.          La ocupación de vías públicas será en el marco del orden público, respeto a la libre circulación de las y los ciudadanos, dando preferencia a la circulación peatonal en las aceras y la calzada para la circulación vehicular tanto del transporte público y privado, cumpliendo las normas legales vigentes y de tránsito.