DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0107/2016
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0107/2016

Fecha: 10-Ago-2016

sujetas a las normas vigentes

El art. 108.I. del proyecto de Carta Orgánica dispone que “Las servidoras y servidores públicos del Gobierno Autónomo Municipal, están comprendidos en las categorías públicas electas, designadas, de libre nombramiento, de carrera administrativa, eventuales, temporales, a plazo fijo y consultores, sujetas a las normas vigentes”; al respecto, el art. 233 de la CPE, en principio determina “Son servidoras y servidores públicos las personas que desempeñan funciones públicas”, instituyendo así, que todas las personas que cumplen funciones públicas, son considerados servidores públicas; y por otro lado establece que “…Las servidoras y los servidores públicos forman parte de la carrera administrativa, excepto aquellas personas que desempeñen cargos electivos, las designadas y los designados, y quienes ejerzan funciones de libre nombramiento”, lo que significa que por regla general los servidores públicos deben formar parte de la carrera administrativa (las negrillas nos pertenecen).