DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0107/2016
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0107/2016

Fecha: 10-Ago-2016

Sobre el parágrafo II

En cuanto al parágrafo II del referido artículo, el mismo establece el alcance que tienen los Distritos del Municipio de Tiquipaya, considerando solamente su carácter desconcentrado sin considerar a los que son indígena originario campesinos, que difieren en cuanto a su conformación y organización respecto a los otros, toda vez que, los mismos se conforman por iniciativa de las NPIOC, cuando no se hayan constituido en autonomías indígena originaria campesinas, en el marco del ejercicio de su derecho a la libre determinación y de acuerdo al principio de preexistencia que tienen los mismos, lo cual implica que dicha población existente en la unidad territorial referida se organizará en Distritos de acuerdo a sus propios sistemas de organización política, social, económica y cultural, en virtud al o dispuesto por los arts. 1, 2 y 30.II de la CPE.