DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0107/2016
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0107/2016

Fecha: 10-Ago-2016

en el ámbito de su jurisdicción

El presente artículo regula para la Órgano Electoral Plurinacional y Tribunales Electorales Departamentales, al señalar que tiene como competencia: “… la organización, dirección, supervisión, administración, ejecución y proclamación de resultados de procesos electorales, referendos y revocatorias de mandato en aplicación de la Constitución Política del Estado y la Ley del Régimen Electoral”, lo cual contradice el art. 272 de CPE, que define: “La autonomía implica la elección directa de sus autoridades por las ciudadanas y los ciudadanos, la administración de sus recursos económicos, y el ejercicio de las facultades legislativa, reglamentaria, fiscalizadora y ejecutiva, por sus órganos del gobierno autónomo en el ámbito de su jurisdicción y competencias y atribuciones” (las negrillas nos pertenecen).