DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0107/2016
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0107/2016

Fecha: 10-Ago-2016

ARTÍCULO 45. (AUDIENCIAS PÚBLICAS).

                      I.   Las Audiencias Públicas son una instancia de contacto y relacionamiento directo del Pleno del Concejo Municipal y/o de las Comisiones con la ciudadanía, organizaciones sociales, instituciones públicas y privadas; para tratar asuntos específicos y de interés común, en la búsqueda de acuerdos o soluciones a problemas planteados en el marco de sus atribuciones.