DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0107/2016
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0107/2016

Fecha: 10-Ago-2016

ARTÍCULO 191. (PARTICIPACIÓN).

La sociedad civil organizada participará en el diseño formulación y elaboración de políticas, planes, programas y proyectos públicos en todos sus ámbitos establecidos por ley. La Participación se ejerce de manera amplia y decisoria sobre la gestión pública, siendo el Control Social complementario y consecuencia de ella.