DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0107/2016
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0107/2016

Fecha: 10-Ago-2016

ARTÍCULO 167. (PRODUCTIVIDAD LOCAL).

1.     Promover políticas públicas a objeto de  fortalecer la oferta pública, orientada a mejorar la productividad y los ingresos de la comunidad productiva local, como estrategia para mejorar las condiciones de ingresos y empleos de las ciudadanas y los ciudadanos, con el fin de contribuir con el logro de las metas de crecimiento económico y social.

4.     Adoptar las medidas necesarias como la planificación, diseño, construcción de infraestructura adecuada a las necesidades, mantenimiento y administración de caminos vecinales para el emprendimiento de actividades productivas en el municipio y para vincular a las áreas de producción con los mercados y centros de servicios.

6.     Transferir recursos municipales para financiar iniciativas de actores públicos, privados urbanos y rurales en materia de mejoramiento de infraestructura, equipamiento e insumos de producción, que tengan como objetivo promover la equidad económica y social e impulsar el desarrollo, incentivo y fomento de emprendimientos socioeconómicos y productivos de los sectores de pequeños y medianos productores agropecuarios, artesanales y otros de la economía local.

8.     Crear el Consejo de Desarrollo Económico Productivo del Municipio Autónomo de Tiquipaya, constituido por la autoridad municipal competente, organizaciones indígena originario campesinos, comunidades interculturales, representantes de las asociaciones de productores agropecuarios, empresas productivas y unidades de servicios de diferente escala, como instancia de coordinación y participación para la elaboración de políticas públicas, planificación, seguimiento y evaluación en el marco de la Revolución Productiva Comunitaria Agropecuaria; su organización interna y competencias estarán sujetas a lo dispuesto en la normativa legal vigente.

9.     Promover y liderar una institucionalidad de apoyo al desarrollo productivo y social para el vivir bien y establecerá mecanismos de coordinación y concurrencia con instancias del gobierno departamental y otros niveles e instituciones del Estado, organizaciones económicas y entidades de desarrollo no gubernamentales.