DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0107/2016
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0107/2016

Fecha: 10-Ago-2016

ARTÍCULO 41. (INICIATIVA Y PROCEDIMIENTO LEGISLATIVO).

                      I.   El Concejo Municipal en ejercicio de la facultad legislativa, tratará y aprobará leyes, ordenanzas y resoluciones municipales de acuerdo a la presente Carta Orgánica, enmarcadas en las políticas, planes, programas, proyectos y necesidades expresadas por la comunidad, por iniciativa ciudadana, por el Ejecutivo Municipal y por las concejalas y los concejales del Órgano Legislativo.

                   I.   El Concejo Municipal en ejercicio de la facultad legislativa, tratará y aprobará leyes, ordenanzas y resoluciones municipales de acuerdo a la presente Carta Orgánica, enmarcadas en las políticas, planes, programas, proyectos y necesidades expresadas por la comunidad, por iniciativa ciudadana, por el Ejecutivo Municipal y por las concejalas y los concejales del Órgano Legislativo.