DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0107/2016
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0107/2016

Fecha: 10-Ago-2016

ARTÍCULO 126. (MEDICINA TRADICIONAL).

El Gobierno Autónomo Municipal, reconoce, promueve y garantiza el respeto, uso, investigación y práctica de la medicina tradicional, rescatando los conocimientos y prácticas ancestrales desde el pensamiento y los valores de todas las naciones y pueblos indígena originario campesinos, sujeto a reglamentación específica mediante una Ley Municipal en concordancia con la legislación nacional vigente, la misma que deberá ser construida con participación social, bajo supervisión y control del Sistema Municipal de Salud”.

ARTÍCULO 126. (MEDICINA TRADICIONAL). El Gobierno Autónomo Municipal, reconoce, promueve y garantiza el respeto, uso, investigación y práctica de la medicina tradicional, rescatando los conocimientos y prácticas ancestrales desde el pensamiento y los valores de todas las naciones y pueblos indígena originario campesinos, sujeto a reglamentación específica mediante una Ley Municipal en concordancia con la legislación nacional vigente, la misma que deberá ser construida con participación social, bajo supervisión y control del Sistema Municipal de Salud.