DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0107/2016
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0107/2016

Fecha: 10-Ago-2016

“ARTÍCULO 124. (SALUD).

El Sistema Único de Salud conforme dispone la Constitución Política del Estado, es universal, gratuito, equitativo, intracultural, intercultural, participativo, con calidez, calidad y control social, basado en los principios de solidaridad, eficiencia y corresponsabilidad, y se desarrollará mediante las políticas públicas, en coordinación con todos los niveles de gobierno, orientadas a la calidad de vida, el bienestar común colectivo y el acceso a los servicios de salud. Preceptos que deben ser cumplidos de manera obligatoria por el Gobierno Autónomo Municipal, personal de salud y organizaciones sociales”.

ARTÍCULO 124. (SALUD). El Sistema Único de Salud conforme dispone la Constitución Política del Estado, es universal, gratuito, equitativo, intracultural, intercultural, participativo, con calidez, calidad y control social, basado en los principios de solidaridad, eficiencia y corresponsabilidad, y se desarrollará mediante las políticas públicas, en coordinación con todos los niveles de gobierno, orientadas a la calidad de vida, el bienestar común colectivo y el acceso a los servicios de salud. Preceptos que deben ser cumplidos de manera obligatoria por el Gobierno Autónomo Municipal, personal de salud y organizaciones sociales.