DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0107/2016
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0107/2016

Fecha: 10-Ago-2016

ARTÍCULO 156. (LIMITACIONES Y RESTRICCIONES

El Gobierno Autónomo Municipal, en el área de su jurisdicción territorial, en el marco de las normas que rigen sobre el derecho de uso sobre recursos naturales y de uso de suelo, tiene la facultad de imponer limitaciones a la propiedad, uso de suelo y subsuelo, tales como restricciones administrativas y servidumbres públicas, en atención a la planificación municipal y el interés público.