DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0107/2016
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0107/2016

Fecha: 10-Ago-2016

ARTÍCULO 103. (CONTRATACIÓN DE OBRAS, BIENES Y SERVICIOS).

Las contrataciones de bienes, obras y servicios serán ejecutados en función de la planificación establecida en el Plan de Desarrollo Municipal, el Plan Operativo Anual y el Presupuesto establecido para cada gestión, dentro del marco de la aplicación y cumplimiento de las normas legales vigentes y los reglamentos específicos respectivos.  Procesos que serán desarrollados de manera abierta, pública y transparente.