DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0107/2016
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0107/2016

Fecha: 10-Ago-2016

ARTÍCULO 55. (SUBALCALDÍAS).

ARTÍCULO 55. (SUBALCALDÍAS). Las subalcaldías, como instancias desconcentradas de administración en los Distritos Municipales del Gobierno Autónomo Municipal, funcionarán a través de una Subalcaldesa o un Subalcalde, como categorías de agregación para la planificación participativa y la gestión municipal, en  las cuales se elaboraran planes de desarrollo distrital y ejercerán la administración desconcentrada del municipio.