DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0090/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0090/2014

Fecha: 19-Dic-2014

art. 11,

El art. 11, refiere la ubicación del Municipio Autónomo de Coroico; sin embargo ingresa posteriormente a definir límites territoriales siendo ésta atribución definida según el art. 158.I.6 de la CPE, como competencia de la Asamblea Legislativa Plurinacional en el siguiente sentido: “Aprobar la creación de nuevas unidades territoriales y establecer sus límites de acuerdo con la Constitución y con la ley”.

Así lo ha definido la DCP 0006/2013 y la DCP 0011/2014 entre otras disponiendo: “Por otra parte, el art. 269.II de la CPE, señala que: “La creación, modificación y delimitación de las unidades territoriales se hará por voluntad democrática de sus habitantes, de acuerdo a las condiciones establecidas en la Constitución y la ley” (la negrilla fue añadida).

Es en el marco antes señalado que se promulgó la Ley de Delimitación de Unidades Territoriales que en el art. 12, establece que: “Los órganos ejecutivos de los gobiernos autónomos departamentales a través de sus dependencias técnicas serán responsables de la delimitación de unidades territoriales en lo que corresponda a límites intra departamentales…”.

Por tanto la frase: “…limita al Norte con el Municipio de La Paz, al sureste con el Municipio de Coripata, al noreste con la Provincia Caranavi, al oeste con el Municipio de Guanay y la Provincia Murillo, al Sur con el Municipio de Yanacachi”, debe ser apartada de la norma básica.