DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0090/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0090/2014

Fecha: 19-Dic-2014

Artículo 127.- (Turismo).-

Artículo 127.- (Turismo).- El Gobierno Autónomo Municipal, fomenta, promueve, difunde e incentiva el desarrollo de la actividad turística en su jurisdicción, priorizando el turismo con base comunitaria, como actividad económica estratégica sustentable que coadyuva al mejoramiento de las condiciones y calidad de vida de sus habitantes, a partir del aprovechamiento racional de los recursos turísticos y la redistribución más justa de los beneficios.