DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0090/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0090/2014

Fecha: 19-Dic-2014

art. 16,

En el art. 16, dispone en cuatro numerales los idiomas y el dialecto oficiales del municipio. El precepto respecto a la oficialidad de los idiomas es contrario a lo dispuesto por el art. 5.I de la CPE, que establece como idiomas oficiales del Estado plurinacional, el castellano y todos los idiomas de las naciones y pueblos indígena originario campesinos (NPIOC), así lo ha determinado la DCP 0011/2014 de 10 de marzo: “…El precepto, contraviene lo señalado por el art. 5.I de la Norma Suprema, que establece la existencia de treinta y siete idiomas oficiales en todo el territorio boliviano, de donde el proyecto de Carta Orgánica, tendría que limitarse únicamente a señalar cuáles de estos idiomas oficiales serán de uso institucional en su jurisdicción, pero no determinar como “idiomas oficiales”, únicamente a algunos de ellos, esto ya fue definido por el constituyente”.

Respecto al dialecto “afro-yungueño” citado en el numeral 4, se debe entender en el marco de la parte final del art. 5.II de la CPE, que señala con claridad: “… Los demás gobiernos autónomos deben utilizar los idiomas propios de su territorio, y uno de ellos debe ser el castellano”, referido exclusivamente a los gobiernos autónomos municipales y a las Naciones y Pueblos Indígena Originarios.