DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0090/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0090/2014

Fecha: 19-Dic-2014

Artículo 165.- (Exenciones).-

Artículo 165.- (Exenciones).- Las exenciones tributarias que se encuentren bajo la potestad de la administración municipal, serán aprobadas mediante Ley Municipal, en estricto cumplimiento de los parámetros técnicos y legales, fundadas en principios de justicia y necesidad social, protección del vecino y su familia o en la promoción de actividades previamente declaradas de interés municipal.