DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0090/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0090/2014

Fecha: 19-Dic-2014

Artículo 157.- (Donación y negocios jurídicos).-

Artículo 157.- (Donación y negocios jurídicos).- El Gobierno Autónomo Municipal, no podrá donar los bienes inmuebles sujetos al régimen jurídico privado.  En cambio, podrá realizar todo tipo de negocios jurídicos con ellos, siempre que los mismos sean rentables en cumplimiento de la Ley Municipal y aprobación del Concejo Municipal.