DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0090/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0090/2014

Fecha: 19-Dic-2014

Artículo 117.- (Expropiaciones).-

Artículo 117.- (Expropiaciones).- El Gobierno Autónomo Municipal, tiene competencia para ejercer el derecho de expropiación de bienes privados por necesidad y utilidad pública municipal, dentro del ámbito de su jurisdicción en sujeción a la Ley Municipal de Expropiaciones, Constitución Política del Estado y normas nacionales en actual vigencia.