DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0090/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0090/2014

Fecha: 19-Dic-2014

Artículo 33.- (Procedimiento de la elección de autoridades).-

Artículo 33.- (Procedimiento de la elección de autoridades).- Las/los Concejales y la/el Alcaldesa y/o Alcalde Municipal, son elegidos por sufragio universal por listas separadas, bajo los principios democráticos de representación y participación de conformidad con la Constitución Política del Estado, Ley nacional y la presente Carta Orgánica Municipal.