DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0090/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0090/2014

Fecha: 19-Dic-2014

III.5. El Municipio

El municipio, entendido como la organización administrativa más pequeña dentro de un estado, fue evolucionando en su estructuración para hacer más eficiente, directa, diligente, oportuna y eficaz, la atención y solución de los problemas generados por el crecimiento de los conglomerados humanos, a través de las autoridades electas y un equipo burocrático. Esta unidad administrativa elemental, pese al desarrollo tecnológico (Llámese telecomunicaciones u otros), no ha sido sustituida por otra forma organizativa aunque sí, reducidos sus alcances o libertades de acuerdo a los gobiernos centrales de turno. Esto, esencialmente porque quedó comprobado que quien mejor resuelve sus problemas, es quien conoce su entorno y radica en el lugar.

Con el asentamiento del hombre en territorios que le permitan subsistir de la agricultura, la domesticación de animales y la pesca pasando al sedentarismo, nace la necesidad de regular la convivencia social, delimitar el territorio y establecer una burocracia que planifique y administre los asuntos internos. Esa evolución de administración de lo público en lo local, fue trasladada a América con la conquista hispánica para implementarla sobre las costumbres y mecanismos propios de los nativos que hoy, en el nuevo Estado Plurinacional, se complementa con el reconocimiento constitucional de otros actores que en base a sus normas, usos y costumbres conviven con los modelos importados.

Así ha ido evolucionando por las diferentes fases de la historia colonial y republicana hasta los días del Estado Plurinacional, sin embargo, la visión de municipio y su forma de organización no ha cambiado en su esencia, relacionada atender lo local, los asuntos más cercanos a la autoridad, mutando nombres como el Cabildo por el Concejo Municipal u otros, ampliando o restringiendo competencias pero preservando este relacionamiento cercano entre ciudadano y elegido, debido a que la autoridad del Estado central por razones de eficiencia y eficacia, no puede atenderlos delegándola a quienes conviven en el lugar. En ese marco es que se constituye la autonomía municipal en el Estado Plurinacional a partir de la aprobación de la CPE de febrero de 2009.