DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0090/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0090/2014

Fecha: 19-Dic-2014

parágrafo I,

El parágrafo I, del art. 21 dice: “Derechos de la familia: La familia es el núcleo fundamental del municipio y debe gozar de condiciones sociales, económicas y culturales para su afianzamiento y desarrollo integral, en estricto cumplimiento de la Constitución Política del Estado...”. Respecto a esta disposición, la Norma Suprema en su art. 62 ha previsto el “Derecho de las Familias” en plural no en singular; comenzado por el epígrafe, la norma básica ha sesgado su alcance y mucho más el desarrollo, debiendo por tanto declarar la incompatibilidad del articulado en su primera parte, rescatando únicamente la frase final que establece: “…El Gobierno Autónomo Municipal, proporciona el suministro de los servicios básicos sociales de apoyo necesarios para el cumplimiento de las obligaciones y responsabilidades del trabajo y la participación en la vida pública”.