DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0090/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0090/2014

Fecha: 19-Dic-2014

art. 7,

El art. 7, es incompatible en su totalidad al incluir dos palabras que jurídicamente distorsionan la concepción del mismo. En su primera parte determina que Coroico es parte “indivisible” de la provincia Nor Yungas del departamento de La Paz. Al respecto, el art. 269.II de la CPE señala que: “La creación, modificación y delimitación de las unidades territoriales se hará por voluntad democrática de sus habitantes, de acuerdo a las condiciones establecidas en la Constitución y la ley”, en consecuencia, no es atribución de la norma básica el delimitar o modificar las unidades territoriales, o determinar su indivisibilidad, misma que corresponderá a una ley del nivel central del Estado que reflejará la voluntad de los habitantes de esa jurisdicción, por tanto, la palabra “indivisible” debe ser expulsada.