DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0090/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0090/2014

Fecha: 19-Dic-2014

Artículo 125.- (Prioridad del desarrollo productivo).-

Artículo 125.- (Prioridad del desarrollo productivo).- El Gobierno Autónomo Municipal, prioriza el desarrollo productivo como tarea fundamental de la seguridad y soberanía alimentaria, mediante la implementación de políticas municipales agrícolas, pecuarias y otros, de turismo y turismo comunitario, para potenciar la productividad con valor agregado para la calidad de vida de sus habitantes, para lo cual encaminarán las siguientes acciones: