DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0006/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0006/2014

Fecha: 12-Feb-2014

4.

4.      El Órgano de Control Social tendrá la facultad de controlar el cumplimiento de los porcentajes establecidos por Ley para los gastos de inversión y gasto corriente de los recursos provenientes de los ingresos propios, Coparticipación Tributaria, Recursos HIPC e IDH y de otros que el Gobierno Autónomo Municipal capte.

4.      El Defensor del ciudadano tiene iniciativa legislativa, legitimación procesal y administrativa. Puede participar de las sesiones y reuniones de comisiones con voz pero sin voto, cuando se debatan sus iniciativas de proyectos de leyes y ordenanzas. Percibe una remuneración que fijará el Honorable Concejo Municipal y que no puede superar a la de un Concejal.