DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0006/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0006/2014

Fecha: 12-Feb-2014

ni sentencia condenatoria ejecutoriada en materia penal, pendientes de cumplimiento,

Sin embargo, debe mencionarse al art. 234 de la Ley Fundamental, que establece, para acceder al desempeño de funciones públicas se requiere contar con nacionalidad boliviana, ser mayor de edad, haber cumplidos los deberes militares, no tener pliego de cargo ejecutoriado, ni sentencia condenatoria ejecutoriada en materia penal, pendientes de cumplimiento, no estar comprendida ni comprendido en los casos de prohibición y de incompatibilidad establecidos en la Constitución, estar inscrito en el padrón electoral, hablar al menos dos idiomas oficiales del país.

Como se aprecia, los requisitos para acceder al servicio público no contemplan la acusación y menos el anacrónico auto de procesamiento ejecutoriado, y es que, en el marco del principio de presunción de inocencia, previsto en el art. 116.I de la CPE, no es posible establecer un requisito que implique la negación del mismo, y en ese sentido, debe hacerse mención a la SCP 2055/2012, que declaró la inconstitucionalidad de los arts. 144 y 145 de la LMAD, con los siguientes fundamentos: