DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0006/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0006/2014

Fecha: 12-Feb-2014

El art. 37.19 del proyecto de Carta Orgánica,

El art. 37.19 del proyecto de Carta Orgánica, establece que el Alcalde Municipal tiene competencia para: “Administrar el catastro urbano y rural en forma directa o ceder en concesión a terceros, previa autorización del Concejo, de acuerdo con normas catastrales y técnico-tributarias emitidas por el Poder Ejecutivo”.