DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0006/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0006/2014

Fecha: 12-Feb-2014

El art. 1

  El art. 1 del proyecto de Carta Orgánica, establece que: “El Gobierno Autónomo Municipal de Sicaya, está sujeto a la Constitución Política del Estado, tratados internacionales y demás leyes en vigencia, guía y organiza su procedimiento autónomo, bajo la forma representativa, democrática y participativa de gobierno” (las negrillas añadidas).

El art. 410.II de la CPE, establece dos principios, el de supremacía constitucional, según el cual la Constitución Política del Estado es la Norma Suprema del ordenamiento jurídico boliviano y goza de primacía frente a cualquier otra disposición normativa, y el principio de jerarquía normativa, según el cual en el ordenamiento jurídico existe un orden jerárquico, que se inicia con la Constitución Política del Estado y las normas del bloque de constitucionalidad, conforme al siguiente texto: “La aplicación de las normas jurídicas se regirá por la siguiente jerarquía, de acuerdo a las competencias de las entidades territoriales (…) las leyes nacionales, los estatutos autonómicos, las cartas orgánicas y el resto de legislación departamental, municipal e indígena”.