DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0006/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0006/2014

Fecha: 12-Feb-2014

Artículo 127.- (Distritos Municipales):

Los Distritos Municipales, son espacios desconcentrados de administración, gestión, planificación, participación ciudadana y descentralización de servicios, en función de sus dimensiones poblacionales y territoriales, en los que podrán establecerse subalcaldías, de acuerdo a la normativa municipal. La organización del espacio territorial del Gobierno Autónomo Municipal en distritos municipales estará determinada por la legislación municipal, tal cual establece el artículo 44 de la presente Carta Orgánica y la Ley Municipal.